miércoles, 5 de noviembre de 2008

CONFLICTO: Laguna del Desierto


Laguna del Desierto se ubica en el paralelo 49° de latitud sur y entre los meridianos 72° 45´ y 73° de longitud oeste

En lo que respecta a nuestro territorio si situaba en la parte sur oriental de la región de Aysen del General Carlos Ibañez del Campo, en la provincia Capitán Prat, comuna de Villa O’Higgins.

TRATADO DE 1881:
“El límite entre Chile y la República Argentina es, de Norte a Sur, hasta el paralelo cincuenta y dos de latitud, la Cordillera de los Andes. La línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres más elevadas de dicha Cordillera que dividan las aguas y pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro. Las dificultades que pudieran suscitarse por la existencia de ciertos valles formados por la bifurcación de la Cordillera y en que no sea clara la línea divisoria de las aguas, serán resueltas amistosamente por dos Peritos nombrados uno de cada parte. En caso de no arribar éstos a un acuerdo, será llamado a decidirlas un tercer Perito designado por ambos Gobiernos […]”

Debido a que surgieron diferencias en varios puntos de la frontera en la que los peritos no se pusieron de acuerdo, la demarcación se suspendió hasta que se suscribió el Protocolo de Límites de 1893.
Ambos países decidieron recurrir al arbitraje británico, como un medio de presión mutua, a fin de proseguir y acelerar las casi congeladas tareas de demarcación limítrofe. Sin embargo, éstas se mantuvieron prácticamente paralizadas. Las divergencias entre los peritos argentino y chileno se hicieron cada vez más inevitables.

ARBITRAJE:
Entre 1898 y 1902, Chile y Argentina presentaron ante el Tribunal Arbitral voluminosos alegatos escritos y diversos mapas que demostraban los argumentos de cada una de las Partes.
En el caso de Chile, este sostenía que la correcta interpretación del Artículo 1º del Tratado de 1881, era que el limite entre ambos países en la Cordillera quedaba definido por la "divortium aquarum o divisoria continental de aguas del continente americano”. Vale decir, por la línea que separa de Alaska a Magallanes, sin interrupción alguna, las nacientes hidrográficas que desaguan en el Pacífico pertenecen a Chile y las que lo hacen en el Atlántico pertenecen a Argentina.


La tesis argentina sustentaba que la esencia del Tratado de 1881era una línea que corría por las más altas cumbres de la Cordillera. Sosteniendo que para el arbitraje el criterio demarcador debía ser la divisoria local de aguas, es decir, con referencia a las divisorias de aguas secundarias que se dan en uno u otro lado de las vertientes de la Divisoria Continental y , por lo tanto, sólo separan aguas que van a un solo y mismo océano. Esta propuesta pretendía conservar para la Argentina territorios de cuenca pacífica que correspondían a Chile, cortando ríos y lagos donde fuese necesario.


Como ambas tesis eran evidentemente inconciliables y no se ajustaban estrictamente a los términos de los tratados, el árbitro británico con previa autorización verbal de ambos Gobiernos, decidió una línea de medianía entre las reclamaciones extremas de las Partes, repartiendo así "equitativamente" entre ambos cerca de 90 mil kilómetros cuadrados que, según el texto del Tratado de 1881, correspondían enteramente a Chile.
Dicho Laudo establece en el Mapa Arbitral por medio de una línea segmentada que el limite entre la orilla sur del Lago San Martín (O’Higgins) al Cerro Gorra Blanca y luego al Monte Fitz Roy, es una divisoria local de agua, que van a un mismo océano. Sin embargo, al definirse ese tramo del límite, no se contaba con el conocimiento cabal de la geografía del lugar y en los mapas respectivos, figuraba en blanco.

Al año siguiente, el hito 62 fue colocado en la ribera del Lago San Martín por el capitán Crosthwait, de la Comisión Demarcadora Británica el 28 de febrero 1903.
La intención de los demarcadores fue trazar el límite por la divisoria local, pero como no recorrieron el terreno al sur del hito 62, éstos probablemente “supusieron” que llegaba hasta el Monte Fitz Roy sin interrupciones; sin embargo, el Demarcador en su propio mapa dibujó una línea, también segmentada, algo diferente de la línea del Mapa Arbitral, puesto que no tocaba el Cerro Gorra Blanca ni llegaba hasta el Fitz Roy mismo, sino que terminaba a corta distancia de dicho cerro.
A partir de 1921 comenzaron a instalarse algunos colonos chilenos en la zona, siendo descubierta la Laguna del Desierto en 1923. Chile otorgó títulos de propiedad en 1934 y 1937.

LEVANTAMIENTO CARTEOGRÁFICO:
En 1947 con el apoyo de Estados Unidos, se hizo un levantamiento aerofotogramétrico, que permitió conocer por, primera vez, la totalidad de las características físicas del territorio austral, comprobándose la existencia de la Laguna del Desierto y el hecho de que esta desaguaba, por el río Gatica o de Las Vueltas, hacia el Lago Viedma y el océano Atlántico.
Este descubrimiento además demostró que no existía tal divisoria local de las aguas. A la fecha ambos países sustentaban diferentes tesis y habían trazado una línea de fronteras que difería sobre la base de interpretaciones de la intención arbitral.


Chile en el año 1953 al representar por primera vez en su cartografía la Laguna del Desierto (Carta Preliminar) traza el límite de forma errónea adjudicando este sector a Argentina. Este error lo mantuvo hasta 1957, cuando esta Carta es retirada de circulación.
En 1964 se hace una nueva edición de la Carta Preliminar en la cual se incluye en territorio chileno Laguna del Desierto.
Por su parte, Argentina, cambió gradualmente la línea representada en su cartografía, primero para hacer representar la Laguna del Desierto en territorio argentino y, desde 1969, para seguir, fundamentalmente, la Divisoria Continental de aguas, en el recorrido que había mostrado en el mapa norteamericano de 1947.


La sucesión de hechos que culminaron con la trágica muerte del teniente Merino tuvo su comienzo en octubre de 1965, con la acusación del colono Domingo Sepúlveda, quien llegó hasta el retén de Lago O'Higgins para denunciar que una patrulla argentina lo había amenazado en su propiedad.

Los gendarmes argentinos lo habían conminado a que se presentara a la ciudad de Río Gallegos para normalizar la supuesta presencia ilegal en lo que los efectivos trasandinos consideraban que era territorio argentino.
Alertados por el colono, carabineros partieron de inmediato hacia la propiedad del denunciante para resguardar el territorio nacional.


La patrulla estaba a cargo del mayor Miguel Torres, y la integraban también el teniente Merino, el sargento Miguel Manríquez y dos carabineros.
El 6 de noviembre, cuando la situación parecía tender a tranquilizarse, pues no se detectaba la presencia de efectivos argentinos, la irrupción de dos niños corriendo en el pequeño campamento levantado por los chilenos puso un alerta en la avanzada de carabineros.
Los hijos de los colonos chilenos de la zona, avisaron que habían visto a efectivos argentinos que se acercaban al lugar (alrededor de 90 hombres, los chilenos eran cinco, lo que dejaba una proporción de 18 a 1).
El jefe de la avanzada chilena se internó en el bosque gritando a los argentinos y pidiendo hablar con el oficial a cargo, con el obvio objetivo de evitar un enfrentamiento.


Al no tener respuesta siguió avanzando, pero esta vez el teniente Merino y el sargento Manríquez se apresuraron en alcanzarlo para que no continuara solo.
Al mismo tiempo, el sargento chileno comenzó a gritar a los gendarmes que podían salir, ya que los chilenos no pensaban disparar. Todo era silencio. Pero en ese momento, la quietud se rompió con el zumbido de una bala que salió de la espesura y se cobijó, mortal, en el pecho del teniente Merino.
A continuación, una infernal lluvia de balas buscó alcanzar a los chilenos. También cayó herido el sargento Manríquez, en momentos en que el teniente Merino ya agonizaba. "Me fregaron mi mayor", dicen testigos que fueron sus últimas palabras.


De inmediato los argentinos tomaron control de la situación, y el comandante a cargo del operativo ordenaba que el teniente muerto, el sargento herido y los otros policías chilenos fueran llevados a territorio argentino, como prisioneros.
Allí permanecieron hasta el 8 de noviembre de 1965, día en que fueron entregados a las autoridades chilenas en medio una creciente crisis diplomática que reflejaba la indignación chilena por la actitud beligerante de los argentinos.


Luego del incidente, ambos países acordaron retirarse del lugar. Chile sacó a Carabineros, pero Gendarmería argentina ocupó progresivamente la zona hasta el interfluvio de las lagunas Larga y Redonda.






3 comentarios:

Unknown dijo...

por que chile regala territorios sumisamente millones de km a la argentina y se quiere ir a la guerra por 3km de tierra con peru similar a su patron inglaterra regalo hong kong emporio economico a china y se va a la guerra por las malvinas

Unknown dijo...

¿Porqué Chile no devuelve el Seno de Última Esperanza cuando por tratado fue adjudicado a la Argentina?

americancitizen dijo...

Por que el instituto geografico militar ponia como argentina dicha zona?.... Y por que los carabineros no combatieron por aquel reducto?por que no para Chile de asistir Las demandas territoriales que continyamente hacen sus vecinos?podria copiar a aIsarael...China....Rusia etc.